REGISTRO DE VEHÍCULOS FORÁNEOS EN EL PADRÓN VEHICULAR ESTATAL

Nombre del trámite o servicio: REGISTRO DE VEHÍCULOS FORÁNEOS EN EL PADRÓN VEHICULAR ESTATAL.TRANSPORTE PARTICULAR. Con expedición de placas metálicas, tarjeta de circulación, engomado y holograma.
Clave: SMT/CV/008

Dependencia u organismo responsable del trámite o servicio. Datos de contacto para consulta

Secretaría de Movilidad y Transporte
Avenida Plan de Ayala (Plaza Arcos Cristal) Núm. 825, Col. Teopanzolco, C.P. 62350, Cuernavaca, Mor.
Teléfono: 777 329 65 00

Unidad administrativa y servidor público responsable del trámite o servicio.

Dirección General de Transporte Público, Privado y Particular
Director General de Transporte Público, Privado y Particular

¿En qué otras oficinas se pueden efectuar el trámite o servicio?

Delegación Yautepec Calle Paseo Tlahuica esquina con Calle Ganado, Yautepec, Morelos Tel. (735) 394 0280 Delegación Cuautla Calle Batalla 19 de febrero de 1812 No73, Col. Centro, C. P. 62740, Cuautla, Morelos Tel (735) 353 0475
Delegación Jonacatepec Plaza Emiliano Zapata s/n, Calle 20 de noviembre, Col. Centro, C. P. 62930, Jonacatepec, Morelos Tel. (735) 355 0010
Delegación Xochitepec República Costa Rica Esquina Calle Haití, Centro, Xochitepec, Morelos Tel. (777) 361 2052
Delegación Jojutla Pensador Mexicano No. 402, Plaza Bonita, Jojutla, Morelos Tel. (734) 342 0492

¿Quién puede presentar el trámite y en qué casos?

El trámite deberá realizarlo el propietario. En caso de hacerlo otra persona deberá presentar carta poder debidamente requisitada.

Medio de presentación del trámite o servicio.

Mediante formato: FO-SMT-DGTPP, que proporciona la Secretaría de Movilidad y Transporte.

Abrir archivo adjunto:    

Horario de Atención a la ciudadanía

Lunes a viernes de 08:00 a 14:00 hrs.

¿Plazo máximo de resolución?

Mismo día. Cuando el vehículo proviene de otra entidad federativa o es de procedencia extranjera el plazo de resolución es de 3 a 30 días hábiles.

Vigencia

No tiene vigencia determinada.

Ante el silencio de la autoridad aplica.

Negativa ficta

 

Documentos que se requieren

No.

 

Original

Copia

Adjunto

1

Comprobante de pago

1

1

 

2

Factura, Título de propiedad y/o Bill of Sale, acompañado del documento que acredite la legal estancia del vehículo en el país (Pedimento de Importación y/o Constancia de inscripción); Factura notarial, Factura Judicial, Refacturación, Acta de remate (Deberán presentar copia de la factura de origen o Constancia de identificación vehicular expedida por la autoridad competente. Según corresponda

1

1

 

3

Identificación oficial con fotografía (Credencial para votar vigente, Cartilla del servicio militar, Cédula profesional, Licencia de conducir del Estado de Morelos vigente, Documento migratorio que acredite su legal estancia en el país vigente.)

1

1

 

4

En caso de cambio de propietario, Cesión de derechos, Carta responsiva, Contrato de compraventa, Contrato de donación, Dación en pago e identificación del propietario anterior; deberá pagar el 1.25% del impuesto sobre vehículos usados (valor guía ABC azul)

1

1

 

5

Comprobante de domicilio del propietario, último recibo de los servicios de luz, agua, teléfono, televisión de paga, internet, pago del impuesto predial, estado de cuenta (No deberá tener antigüedad mayor a tres meses, tratándose de recibo anual, deberá corresponder al ejercicio en curso)

1

1

 

6

Póliza de seguro vigente y recibo de pago.

1

1

 

7

En su caso acreditar el pago de los impuestos y/o derechos de cinco años anteriores al momento de realizar el trámite.

1

1

 

8

En caso de vehículo usado, placas, tarjeta de circulación y/o acta de extravió emitida por el juzgado cívico o acta especial emitida por la autoridad competente, con sello de no infracción.

1

1

 

9

En caso de ser persona moral presentar cédula fiscal, acta constitutiva, poder notarial del representante legal.

1

1

 

10

En caso de no presentarse el propietario, la persona que realice el trámite deberá presentar carta poder debidamente requisitada con identificación oficial.

1

   
 

Para Placas Especiales además de la documentación anterior deberá presentar lo siguiente:

     
 

Vehículos con una antigüedad mínima de 30 años. (Placas de Auto Antiguo)

     

1

Certificado o dictamen de las condiciones físico mecánicas expedido por el Instituto Politécnico Nacional, así como cuatro fotografías del vehículo

1

   
 

Placas para personas con discapacidad:

     
 

Credencial con fotografía de la persona con discapacidad expedida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Estatal o Nacional; o certificado médico que especifique la discapacidad (Motora, neuromotora y/o musculo esquelética).

1

1

 
 

Placas para el servicio de transporte privado (Autobuses, Microbuses o Vehículos tipo Van) Los vehículos con que se presente el servicio, deberán ostentar la leyenda “Transporte de Personal” en las partes delantera, trasera y ambos costados, así como la razón social de la empresa de forma visible.

     

1

Acuerdo de la prestación del servicio debidamente firmado por la empresa y el prestador del servicio.

 

1

 

2

Revista Mecánica

1

1

 

3

Seguro de viajero y daños a tercero

1

1

 
 

Deberá cumplir con las siguientes condiciones I.- ser tipo autobús, minibús o van y deberá cumplir los requisitos establecidos en cuanto a equipos y dispositivos; II.-Estar pintados en color amarillo tráfico y portar la leyenda de “transporte escolar” en la parte frontal trasera y ambos costados; de prevención y botiquín de primeros auxilios; IV.-No podrá portar vidrios polarizados, obscurecidos, ni aditamentos que obstruyan la visibilidad del conductor; V.-Los conductores deberán contar con la licencia de chofer y experiencia mínima de dos años.

     
 

Placas para Remolque:

     

1

Fotografías impresas a color en papel fotografía

4

   
 

Placas Demostradoras:

     
 

Solicitud por escrito

1

   
 

Póliza del seguro de flotilla con el comprobante de pago.

1

1

 
 

No se aceptan fotografías de ningún tipo

     

 

Costo y forma de determinar el monto:

Área de pago:

Registro en el padrón vehicular estatal, con expedición de placas metálicas, tarjeta de circulación y holograma:

1.- Autos: 10.00 (UMA) equivalente a $868.80

2.- Camión: 10.00 (UMA) equivalente a $868.80

3.-Demostradoras: 12.50 (UMA) equivalente a $1,086

4.-Remolque: 9.00 (UMA) equivalente a $781.92

5.- Con capacidades diferentes: 5.50 (UMA) equivalente a $477.84

6.-Motocicletas: 5.00 (UMA) equivalente a $434.4

7.-Auto Antiguo: 12 (UMA) equivalente a $1042.56

* En los centros de cobro autorizados en el Estado, Telecomm, HSBC, Banorte, BBVA, Banamex, Banco Azteca, Elektra.

Observaciones Adicionales:

Información adicional requerida: a) El costo por el registro en el Padrón Vehicular Estatal es independiente de los trámites adicionales que se realicen. b) Cuando la factura sea digital, la Secretaría validará el CFDI en la página del SAT. c) En caso de cambio de propietario deberá presentar factura endosada y/o con trato de compraventa e identificación oficial con fotografía del propietario anterior. d) En caso de vehículo de procedencia extranjera, deberá presentar el documento que acredite la legal estancia en el país. e) La secretaría validará el documento que acredite la legal estancia en el país. f) Cuando el vehículo proceda de otra entidad federativa, se pagará la baja de registro del padrón vehicular de la entidad federativa que provenga, además se deberá verificar el contenido de los recibos de pago. g) De no contar con la factura de origen, deberá presentar constancia de identificación oficial expedido por la autoridad competente. h) Cuando el contribuyente presente carta poder, deberá anexar identificación oficial con fotografía debidamente requisitada. i) Para personas morales, deberá presentar identificación oficial con fotografía del representante legal en original. j) Cuando se exhiban comprobantes de pago certificados, deberán presentar el pago de la certificación en original. k) De la información que se origine de las consultas, se autorizará el trámite o se rechazará la solicitud. l) Antes de realizar el pago por el trámite deberá verificar que cumple con toda la documentación requerida, ya que el pago no garantiza la conclusión de su trámite.

 

CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE O SERVICIO:      La verificación de pagos foráneos varía en función de la entidad federativa de donde proviene el vehículo el cual puede ser de 3 a 30 días, la verificación del documento que acredite la legal estancia en el país es de 20 días.

FUNDAMENTO JURÍDICO DEL TRÁMITE O SERVICIO, DE LOS REQUISITOS Y DEL COSTO:      Artículo 84 fracción I inciso A) de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos; artículo 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Libre y Soberano de Morelos; y artículos 1, 8, 9, 10 y 13 del Reglamento del Registro Estatal de Vehículos y Automotores del Estado de Morelos.

QUEJAS EN EL SERVICIO:      Director de Contralorías Internas del Sector Central. Dir. Calle Francisco Leyva no. 11, edificio Mina, Col. Centro, C.P. 62000, Cuernavaca, Morelos. Teléfonos: 01 800 831 6772, (777) 329 2200 y 329 2300 ext. 1937 y 1959. Correo electrónico: contraloria@morelos.gob.mx

 

NOTA IMPORTANTE:

*De conformidad con el artículo 51, párrafo tercero de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, “los Sujetos Obligados serán los responsables de ingresar y actualizar la información al Registro Estatal o al Registro Municipal, según corresponda. La legalidad y el contenido de la información que inscriban los Sujetos Obligados en los Registros Estatal o Municipal, son de su estricta responsabilidad”.

*De conformidad con los artículos 52, 53 y 54 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos y sus Municipios, los Sujetos obligados deben inscribir y mantener actualizada la información de sus trámites y servicios y NO PODRÁN APLICAR TRÁMITES O SERVICIOS ADICIONALES A LOS ESTABLECIDOS EN LOS CATÁLOGOS ESTATAL O MUNICIPALES, NI PODRÁN EXIGIR REQUISITOS ADICIONALES EN FORMA DISTINTA A COMO SE INSCRIBAN EN LOS MISMOS.

*En términos de lo dispuesto por el artículo 67, de la misma Ley en comento, la afirmativa ficta procede cuando las Personas Físicas o Morales que solicitaron algún trámite o servicio ante las Dependencias o Entidades, habiendo cumplido con todos los requisitos Legales en tiempo y forma, no hayan obtenido respuesta alguna en el plazo establecido.

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